SEAMOS BUENOS ADMINISTRADORES DE LO QUE DIOS NOS HA CONFIADO (Miercoles)

Tagged:

«El hombre, al servirse de esos bienes, debe considerar las cosas externas que posee legítimamente no sólo como suyas, sino también como comunes, en el sentido de que han de aprovechar no sólo a él, sino también a los demás» (GS 69, 1). La propiedad de un bien hace de su dueño un administrador de la providencia para hacerlo fructificar y comunicar sus beneficios a otros, ante todo a sus próximos.

Catecismo de la Iglesia Católica, 2404.